La medida tendrá vigencia para las facturas emitidas en los próximos 60 días
Mediante la resolución 35/2020 del Ente Nacional Regulador de Gas (Enargas) se resolvió que las prestadoras de servicio público de distribución de gas natural por redes, deberán estimar los consumos de sus usuarios en base al menor registro correspondiente al mismo periodo de los últimos tres años (2017-2018-2019)
La medida está dirigida a usuarios cuya facturación es estimada, no residenciales y residenciales nuevos, según se desprende de la Resolución 35/2020.
La definición del Enargas establece que los beneficiados serán, además de los de medición estimada, los usuarios no residenciales y residenciales nuevos en el servicio, “sin histórico de consumo o con datos históricos de consumo menor a un año, tomar el estado de medidor respectivo bajo declaración jurada del cliente” en el marco del aislamiento.
Para ese universo, en los próximos dos meses las facturas deberán presentar el monto más bajo que pagó el usuario en el mismo período, entre 2017 y 2019.
En Roque Pérez, se estaría realizando la totalidad de las lecturas de los medidores, por lo que la medida solo alcanzaría a los que por motivos de acceso no se pudiera leer los mismos, como también a los usuarios no residenciales y residenciales nuevos en el servicio.
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